El Párroco de Sañogasta (La Rioja) ha convocado a una reunión para destituir a las autoridades legítimas de los Alférez de San Sebastián, asociación privada de fieles que se remonta al siglo XVII. A continuación brindamos a nuestros lectores un informe sobre las sabias disposiciones de la Iglesia en la materia
LOS ALFEREZ DE SAN SEBASTIAN, HISTORICA ASOCIACION
PRIVADA DE FIELES – BREVE EXPLICACION DE LAS NORMAS DE LA IGLESIA QUE SE TRANSCRIBEN DEL
CODIGO DE DERECHO CANONICO, promulgado por el Papa S. Juan Pablo II (Ed.
Biblioteca de Autores Cristianos), actualmente vigente -
·
Asociaciones PRIVADAS de fieles: Existen en la Iglesia asociaciones fundadas
directamente por los fieles para animar “el orden temporal” -la sociedad civil-
con espíritu cristiano y otras obras de apostolado
TITULO V
De las asociaciones de
fieles
Cap. I
Canon 298, 1 “Existen en la Iglesia asociaciones distintas de los
Institutos de Vida Consagrada (…), en las que los fieles, clérigos o laicos (…), buscan fomentar una vida más
perfecta, promover el culto público o la doctrina cristiana, o realizar otras actividades de apostolado,
a saber, iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o
de caridad, y la animación con espíritu
cristiano del orden temporal”.
Los Alférez animan las
Fiestas Patronales que ocupan el lugar central en la vida de nuestro pueblo,
ayudando a mantener viva la Fe
católica apostólica romana. Consta (por numerosos documentos, publicaciones y
tradición oral) que en Sañogasta se venera a la Virgen de la Candelaria y a San
Sebastián desde antes del 26 de agosto de 1663, fecha que se celebra como “Día
de Sañogasta”. Es una tradición poco común en un país joven como el nuestro, de la que nos sentimos legítimamente
orgullosos.
Los Alférez honran a los Patronos de muchas maneras: demostrándoles
su fe y devoción con históricos símbolos como la bandera, coronada por una
cruz, y la banda, frecuentemente bordada con alguna inscripción devota.
Con la bandera hacen la
tradicional venia en su honor, con amor y respeto. Como una rica evocación
histórica y manifestación de estilo criollo, muchos van a caballo, como se hace
en toda La Rioja
y gran parte del Norte argentino.
Colaboran con el sacerdote y
los fieles ordenando las dos procesiones que se hacen el 2 y 3 de febrero,
dedicados a celebrar la fiesta de la
Virgen de la
Candelaria y del mártir San Sebastián, respectivamente y
están presentes en todos los actos de culto.
Entre los promesantes se
encuentran incontables mujeres sañogasteñas de todas las edades que, usando de
“la libertad de los hijos de Dios” (San Pablo) y siguiendo la moción del Divino
Espíritu Santo –“que sopla por donde quiere”-, se visten de Candelarias desde
tiempos inmemoriales, o de Alférez con
banda y bandera desde hace un par de décadas. Muchas van con sus pequeños hijos
también Alférez, frecuentemente consagrados a San Sebastián en agradecimiento a
la curación de una enfermedad o superación de alguna situación difícil. Ningún
Obispo ni sacerdote ha cuestionado estas tiernas manifestaciones de Fe
católica.
Esa fecha sagrada desde hace
más de tres siglos se respeta absolutamente –el 2 por ser en todo el mundo la
fiesta de la Purificación
de la Ssma. Virgen
y la Presentación
del Niño Dios en el Templo, y el 3 por ancestral costumbre en honor a San
Sebastián en la Iglesia
de la que es titular, dada la evidente inviabilidad de celebrar dos Novenas y
dos Fiestas Patronales, y el enriquecimiento espiritual y las gracias que atrae
esta doble devoción. En esa fecha vienen de todas partes los sañogasteños que
viven lejos del terruño, atraídos por una ancestral tradición y la seguridad de
participar en las bienamadas celebraciones en honor de la Ssma. Virgen y el Santo Mártir.
·
“Los fieles tienen derecho” a constituir tales
asociaciones: es un derecho de los fieles católicos establecido por la Santa Iglesia del que nadie
tiene derecho a privarles
Canon 299, 1 “Los fieles tienen derecho, mediante un
acuerdo privado entre ellos, a
constituir asociaciones para los fines de los que trata en el can. 298, 1,
sin perjuicio de lo que prescribe el can. 301, 1” .
(ver cánon 301 a continuación).
·
Asociaciones
PUBLICAS de fieles: Las asociaciones privadas de fieles, como los
Alférez de San Sebastián, fundadas por los propios fieles, son diferentes de
las asociaciones que por su naturaleza son establecidas por la autoridad
eclesiástica; éstas se llaman asociaciones públicas
Canon 301, 1 “Corresponde
exclusivamente a la autoridad eclesiástica competente el erigir asociaciones de
fieles que se propongan transmitir la doctrina cristiana en nombre de la Iglesia , o promover el
culto público (…).
301, 3 “Las asociaciones
de fieles erigidas por la autoridad eclesiástica competente se llaman asociaciones públicas”.
·
En cuestiones de fe y buenas costumbres las
asociaciones privadas de fieles se
encuentran bajo el cuidado de la autoridad eclesiástica
Canon 305, 1
“Todas las asociaciones de
fieles están bajo la vigilancia de la autoridad eclesiástica competente, a la
que corresponde cuidar de que en ellas
se conserve la integridad de la fe y las costumbres, y evitar que se
introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica; por tanto, a ella compete el
deber y el derecho de visitarlas, a tenor del derecho y de los estatutos, y
están también bajo el régimen de esa autoridad, de acuerdo con las
prescripciones de los cánones que siguen”.
En otras palabras, no pueden
–obviamente- difundir enseñanzas contra la fe y las buenas costumbres, siendo
autónomas en todo lo demás.
·
Las asociaciones privadas son dirigidas y gobernadas
por los propios fieles – Si lo estiman necesario pueden gestionar personería
jurídica
CAPITULO III
De las asociaciones privadas de fieles
Canon 321 “Los fieles dirigen y gobiernan las asociaciones privadas de acuerdo con
las prescripciones de los estatutos”.
Canon 322 “Una asociación
privada de fieles puede adquirir personalidad jurídica por decreto formal de la
autoridad indicada en el can. 312” .
Es interesante consignar que
el Señor Obispo de La Rioja ,
Mons. Colombo, encontrándose en una cena en una casa de familia en Sañogasta el
pasado 2 de febrero, al oír la propuesta de promover Estatutos para los
Alférez, dijo, sorprendido: “¿Más estatutos?”
Al decir que la asociación
“puede” adquirir personalidad jurídica queda claro que no tiene obligación de
hacerlo, ni –en consecuencia- tiene obligación alguna de tener Estatutos
escritos (ver más adelante).
·
Las elecciones de autoridades se realizan “libremente”,
sin interferencias ajenas a la asociación: nadie puede imponer elecciones, ni
cambiar el Alférez Mayor (equivalente a Presidente) ni a otras autoridades.
324, 1 “Una asociación privada de fieles designa
libremente a su presidente y oficiales, conforme a los estatutos.
324, 2 “Si una asociación privada desea un consejero
espiritual, puede elegirlo libremente entre los sacerdotes que ejercen
legítimamente el ministerio en la diócesis; sin embargo, éste necesita
confirmación del Ordinario del lugar*” (*Nota: el Obispo).
Los Alférez designan
“libremente” al Alférez Mayor y éste elige a su 2º según la costumbre
ininterrumpida transmitida de generación en generación.
En más de tres siglos, no han
necesitado estatutos escritos, pues se rigen por la costumbre y el
entendimiento fraternal y caballeresco, dado que nuestro pueblo constituye una
gran familia. No se registra ni un solo caso de cuestionamientos ni desentendimientos
internos. Siempre se hizo en paz, como buenos cristianos que saben reconocer la
persona indicada para desempeñar el rol.
La familia, célula madre de
la sociedad, no necesita estatutos, y lo mismo se da con incontables
comisiones, grupos de oración, centros culturales católicos, etc., que tampoco los
tienen, por aquel sabio principio cristiano de no crear ni multiplicar las cosas
sin necesidad.
El Alférez Mayor –así como el
Inca en el Tinkunaco- es vitalicio. Cuando por razones de edad le cuesta andar
a caballo –requisito esencial para ocupar el cargo-, o tiene algún impedimento,
él mismo pide libremente ser sustituido por sus pares. Tenemos el ejemplo de
todos los últimos Alférez Mayores, queridos y respetados por esta comunidad, D.
Rubén Gallego, D. Genaro Gallego, D. Celio Argañaraz (q.e.p.d.).
Lo mismo se ha dado con el
actual Alférez Mayor, Cacho Bazán, elegido por los Alférez según la costumbre
por renuncia de D. Celio Argañaraz, hace
cinco años. Es justo mencionar que, aparte de cumplir sus funciones propias en la Novena y Fiestas Patronales
con eficaz apoyo del 2º Alférez, Alfredo Gutiérrez, ha trabajado como albañil y dirigido con
sacrificio durante jornadas diurnas y en
parte nocturnas, secundado por el 2º Alférez y muchos sacrificados asociados, y
de la dedicada y hoy suprimida Comisión pro Templo, valiosas y costosas
reparaciones y obras nuevas en la
Iglesia (como arreglo de la fachada oeste que amenazaba
caerse; iluminación; pintura del edificio sagrado; erección de una verja pedida
por el Sr. Cura Párroco, etc.).
La obra se hizo con el aporte
de la limosna de los fieles durante la inmemorial visita del Santo a las casas,
y de donaciones especiales como la de un Diputado del pueblo. No contó con aportes
del Obispado ni la Parroquia.
Este breve panorama nos
muestra la sabiduría de la Santa Iglesia
Católica Apostólica Romana al dar sana libertad e iniciativa a los fieles para
constituirse en aras de fines benéficos que están a su alcance; y de cómo estas
costumbres tradicionales siguen enteramente vigentes a lo largo de más de tres
siglos en Sañogasta, por la adhesión unánime de todo un pueblo. No dejemos que nadie
intente cambiar la tradición ancestral heredada de nuestros mayores,
enteramente conformes a las leyes de la Santa Iglesia , pues sería
indigno de un pueblo fiel a su Fe católica y valiosa identidad.
Así lo enseña el Papa Pío
XII: La Historia nos atestigua que allí donde está vigente
una verdadera democracia la vida del pueblo se halla como impregnada de sanas
tradiciones que es ilícito derribar. Representantes de estas tradiciones son
antes que nada las clases dirigentes, o sea, los grupos de hombres y mujeres o las
asociaciones que, como suele decirse,
dan el tono en el pueblo y en la ciudad, en la región y en el país entero.
Benditos sean nuestros Santos
Patronos, Virgen de la
Candelaria y San Sebastián, y que ellos bendigan a nuestro
pueblo y continúen protegiendo sus sagradas y bellas tradiciones.
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