jueves, 3 de diciembre de 2015

Los Alférez de San Sebastián son autónomos, no dependen de la autoridad eclesiástica conforme las sabias leyes de la Iglesia

 El Párroco de Sañogasta (La Rioja) ha convocado a una reunión para destituir a las autoridades legítimas de los Alférez de San Sebastián, asociación privada de fieles que se remonta al siglo XVII.  A continuación brindamos a nuestros lectores un informe sobre las sabias disposiciones de la Iglesia en la materia

LOS ALFEREZ DE SAN SEBASTIAN, HISTORICA ASOCIACION PRIVADA DE FIELES – BREVE EXPLICACION DE LAS NORMAS DE LA IGLESIA QUE SE TRANSCRIBEN DEL CODIGO DE DERECHO CANONICO, promulgado por el Papa S. Juan Pablo II (Ed. Biblioteca de Autores Cristianos), actualmente vigente -

·        Asociaciones PRIVADAS de fieles: Existen en la Iglesia asociaciones fundadas directamente por los fieles para animar “el orden temporal” -la sociedad civil- con espíritu cristiano y otras obras de apostolado

TITULO V
De las asociaciones de fieles
Cap. I
Canon 298, 1 “Existen en la Iglesia asociaciones distintas de los Institutos de Vida Consagrada (…), en las que los fieles, clérigos o laicos (…), buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público o la doctrina cristiana, o realizar otras actividades de apostolado, a saber, iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o de caridad, y la animación con espíritu cristiano del orden temporal”.

La Iglesia en su sabiduría maternal estimula a los fieles a realizar variadas actividades de apostolado, conforme a las distintas tradiciones y modalidades de cada pueblo, trabajando unidos en “asociaciones privadas de fieles” como son los Alférez de Sañogasta.
Los Alférez animan las Fiestas Patronales que ocupan el lugar central en la vida de nuestro pueblo, ayudando a mantener viva la Fe católica apostólica romana. Consta (por numerosos documentos, publicaciones y tradición oral) que en Sañogasta se venera a la Virgen de la Candelaria y a San Sebastián desde antes del 26 de agosto de 1663, fecha que se celebra como “Día de Sañogasta”. Es una tradición poco común en un país joven como el nuestro,  de la que nos sentimos legítimamente orgullosos.
Los Alférez  honran a los Patronos de muchas maneras: demostrándoles su fe y devoción con históricos símbolos como la bandera, coronada por una cruz, y la banda, frecuentemente bordada con alguna inscripción devota.
Con la bandera hacen la tradicional venia en su honor, con amor y respeto. Como una rica evocación histórica y manifestación de estilo criollo, muchos van a caballo, como se hace en toda La Rioja y gran parte del Norte argentino.
Colaboran con el sacerdote y los fieles ordenando las dos procesiones que se hacen el 2 y 3 de febrero, dedicados a celebrar la fiesta de la Virgen de la Candelaria y del mártir San Sebastián, respectivamente y están presentes en todos los actos de culto.
Entre los promesantes se encuentran incontables mujeres sañogasteñas de todas las edades que, usando de “la libertad de los hijos de Dios” (San Pablo) y siguiendo la moción del Divino Espíritu Santo –“que sopla por donde quiere”-, se visten de Candelarias desde tiempos inmemoriales,  o de Alférez con banda y bandera desde hace un par de décadas. Muchas van con sus pequeños hijos también Alférez, frecuentemente consagrados a San Sebastián en agradecimiento a la curación de una enfermedad o superación de alguna situación difícil. Ningún Obispo ni sacerdote ha cuestionado estas tiernas manifestaciones de Fe católica.
Esa fecha sagrada desde hace más de tres siglos se respeta absolutamente –el 2 por ser en todo el mundo la fiesta de la Purificación de la Ssma. Virgen y la Presentación del Niño Dios en el Templo, y el 3 por ancestral costumbre en honor a San Sebastián en la Iglesia de la que es titular, dada la evidente inviabilidad de celebrar dos Novenas y dos Fiestas Patronales, y el enriquecimiento espiritual y las gracias que atrae esta doble devoción. En esa fecha vienen de todas partes los sañogasteños que viven lejos del terruño, atraídos por una ancestral tradición y la seguridad de participar en las bienamadas celebraciones en honor de la Ssma. Virgen y el Santo Mártir.

·        “Los fieles tienen derecho” a constituir tales asociaciones: es un derecho de los fieles católicos establecido por la Santa Iglesia del que nadie tiene derecho a privarles

Canon 299, 1 “Los fieles tienen derecho, mediante un acuerdo privado entre ellos, a constituir asociaciones para los fines de los que trata en el can. 298, 1, sin perjuicio de lo que prescribe el can. 301, 1”.
(ver cánon 301 a continuación).

·        Asociaciones PUBLICAS de fieles: Las asociaciones privadas de fieles, como los Alférez de San Sebastián, fundadas por los propios fieles, son diferentes de las asociaciones que por su naturaleza son establecidas por la autoridad eclesiástica; éstas se llaman asociaciones públicas

Canon 301, 1 “Corresponde exclusivamente a la autoridad eclesiástica competente el erigir asociaciones de fieles que se propongan transmitir la doctrina cristiana en nombre de la Iglesia, o promover el culto público (…).
301, 3 “Las asociaciones de fieles erigidas por la autoridad eclesiástica competente se llaman asociaciones públicas”.

·        En cuestiones de fe y buenas costumbres las asociaciones privadas de fieles  se encuentran bajo el cuidado de la autoridad eclesiástica

Canon 305, 1
“Todas las asociaciones de fieles están bajo la vigilancia de la autoridad eclesiástica competente, a la que corresponde cuidar de que en ellas se conserve la integridad de la fe y las costumbres, y evitar que se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica; por tanto, a ella compete el deber y el derecho de visitarlas, a tenor del derecho y de los estatutos, y están también bajo el régimen de esa autoridad, de acuerdo con las prescripciones de los cánones que siguen”.

En otras palabras, no pueden –obviamente- difundir enseñanzas contra la fe y las buenas costumbres, siendo autónomas en todo lo demás.

·        Las asociaciones privadas son dirigidas y gobernadas por los propios fieles – Si lo estiman necesario pueden gestionar personería jurídica


CAPITULO III
De las asociaciones privadas de fieles

Canon 321 “Los fieles dirigen y gobiernan las asociaciones privadas de acuerdo con las prescripciones de los estatutos”.
Canon 322 “Una asociación privada de fieles puede adquirir personalidad jurídica por decreto formal de la autoridad indicada en el can. 312”.

Es interesante consignar que el Señor Obispo de La Rioja, Mons. Colombo, encontrándose en una cena en una casa de familia en Sañogasta el pasado 2 de febrero, al oír la propuesta de promover Estatutos para los Alférez, dijo, sorprendido: “¿Más estatutos?”
Al decir que la asociación “puede” adquirir personalidad jurídica queda claro que no tiene obligación de hacerlo, ni –en consecuencia- tiene obligación alguna de tener Estatutos escritos (ver más adelante).

·        Las elecciones de autoridades se realizan “libremente”, sin interferencias ajenas a la asociación: nadie puede imponer elecciones, ni cambiar el Alférez Mayor (equivalente a Presidente) ni a otras autoridades.

324, 1 “Una asociación privada de fieles designa libremente a su presidente y oficiales, conforme a los estatutos.
324, 2  “Si una asociación privada desea un consejero espiritual, puede elegirlo libremente entre los sacerdotes que ejercen legítimamente el ministerio en la diócesis; sin embargo, éste necesita confirmación del Ordinario del lugar*” (*Nota: el Obispo).
Los Alférez designan “libremente” al Alférez Mayor y éste elige a su 2º según la costumbre ininterrumpida transmitida de generación en generación.
En más de tres siglos, no han necesitado estatutos escritos, pues se rigen por la costumbre y el entendimiento fraternal y caballeresco, dado que nuestro pueblo constituye una gran familia. No se registra ni un solo caso de cuestionamientos ni desentendimientos internos. Siempre se hizo en paz, como buenos cristianos que saben reconocer la persona indicada para desempeñar el rol.
La familia, célula madre de la sociedad, no necesita estatutos, y lo mismo se da con incontables comisiones, grupos de oración, centros culturales católicos, etc., que tampoco los tienen, por aquel sabio principio cristiano de no crear ni multiplicar las cosas sin necesidad.
El Alférez Mayor –así como el Inca en el Tinkunaco- es vitalicio. Cuando por razones de edad le cuesta andar a caballo –requisito esencial para ocupar el cargo-, o tiene algún impedimento, él mismo pide libremente ser sustituido por sus pares. Tenemos el ejemplo de todos los últimos Alférez Mayores, queridos y respetados por esta comunidad, D. Rubén Gallego, D. Genaro Gallego, D. Celio Argañaraz (q.e.p.d.).
Lo mismo se ha dado con el actual Alférez Mayor, Cacho Bazán, elegido por los Alférez según la costumbre por renuncia de D. Celio Argañaraz,  hace cinco años. Es justo mencionar que, aparte de cumplir sus funciones propias en la Novena y Fiestas Patronales con eficaz apoyo del 2º Alférez, Alfredo Gutiérrez,  ha trabajado como albañil y dirigido con sacrificio durante jornadas diurnas  y en parte nocturnas, secundado por el 2º Alférez y muchos sacrificados asociados, y de la dedicada y hoy suprimida Comisión pro Templo, valiosas y costosas reparaciones y obras nuevas en la Iglesia (como arreglo de la fachada oeste que amenazaba caerse; iluminación; pintura del edificio sagrado; erección de una verja pedida por el Sr. Cura Párroco, etc.).
La obra se hizo con el aporte de la limosna de los fieles durante la inmemorial visita del Santo a las casas, y de donaciones especiales como la de un Diputado del pueblo. No contó con aportes del Obispado ni la Parroquia.
Este breve panorama nos muestra la sabiduría de la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana al dar sana libertad e iniciativa a los fieles para constituirse en aras de fines benéficos que están a su alcance; y de cómo estas costumbres tradicionales siguen enteramente vigentes a lo largo de más de tres siglos en Sañogasta, por la adhesión unánime de todo un pueblo. No dejemos que nadie intente cambiar la tradición ancestral heredada de nuestros mayores, enteramente conformes a las leyes de la Santa Iglesia, pues sería indigno de un pueblo fiel a su Fe católica y valiosa identidad.

Así lo enseña el Papa Pío XII: La Historia nos atestigua que allí donde está vigente una verdadera democracia la vida del pueblo se halla como impregnada de sanas tradiciones que es ilícito derribar. Representantes de estas tradiciones son antes que nada las clases dirigentes, o sea, los grupos de hombres y mujeres o las asociaciones que, como suele decirse, dan el tono en el pueblo y en la ciudad, en la región y en el país entero.


Benditos sean nuestros Santos Patronos, Virgen de la Candelaria y San Sebastián, y que ellos bendigan a nuestro pueblo y continúen protegiendo sus sagradas y bellas tradiciones.

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